Artículo 2947.- El contrato de renta vitalicia es nulo si la persona sobre cuya vida se constituye ha muerto antes de su otorgamiento.
Artículo 2947
TÍTULO DUODÉCIMO Del contrato de prestación de servicios profesionales · CAPÍTULO SEGUNDO De la aparcería de ganados
Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.
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