Código Civil para el Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 602 BIS

TÍTULO TERCERO De los Atributos de la Personalidad y de las · CAPÍTULO OCTAVO Del Estado Civil

Artículo 602 Bis.- La familia es una institución social, permanente, compuesta por un conjunto de personas unidas entre sí a partir del vínculo jurídico del matrimonio o por el estado jurídico del concubinato; por el parentesco de consanguinidad y afinidad, o por una relación de hecho, donde sus miembros gocen de una autonomía e independencia personal.

Artículo adicionado POE 10-12-2010. Reformado POE 30-05-2016

Última reforma de esta ley incorporada: 9 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 27 de septiembre de 2026. Fuente oficial: documentos.congresoqroo.gob.mx.

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