Código Civil para el Estado de Sinaloa · Sinaloa

Artículo 2008

TÍTULO IV EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES I. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES ENTRE LAS PARTES · CAPÍTULO II DE LA EVICCIÓN Y SANEAMIENTO

ARTÍCULO 2008 . Si el que enajenó hubiere procedido de buena fe, estará obligado a entregar al que sufrió la evicción: I. El precio íntegro que recibió por la cosa;

II. Los gastos causados en el contrato, si fueren satisfechos por el adquirente;

III. Los causados en el pleito de evicción y en el de saneamiento;

IV. El valor de las mejoras útiles y necesarias, siempre que en la sentencia no se determine que el vendedor satisfaga su importe.

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de agosto de 2004. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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