ARTÍCULO 2392 . Siendo dos o más los comodatarios, están sujetos solidariamente a las mismas obligaciones.
Artículo 2392
TÍTULO VII DEL COMODATO
Última reforma de esta ley incorporada: 30 de agosto de 2004. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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