Código Civil para el Estado de Sinaloa · Sinaloa

Artículo 2550

TÍTULO X DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN · CAPÍTULO V DEL CONTRATO DE HOSPEDAJE

ARTÍCULO 2550. El hospedaje expreso se rige por las condiciones estipuladas y el tácito por el reglamento que expedirá la autoridad competente y que el dueño del establecimiento deberá tener siempre por escrito en lugar visible.

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de agosto de 2004. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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