ART. 2247.- Lo dispuesto en la fracción IV del artículo 2241 no comprende las vías de hecho de terceros que no aleguen derechos sobre la cosa arrendada que impidan su uso o goce. El arrendatario, en esos casos, sólo tiene acción contra los autores de los hechos, y aunque fueren insolventes no tendrá acción contra el arrendador. Tampoco comprende los abusos de fuerza. 208
Artículo 2247
TITULO SEXTO Del Arrendamiento · CAPITULO II De los Derechos y Obligaciones del Arrendador
Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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