Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 2534

TITULO DECIMO · CAPITULO II De los Socios

ART. 2534.- Los socios no pueden ceder sus derechos sin el consentimiento previo y unánime de los demás coasociados; y sin él tampoco pueden admitirse otros nuevos socios, salvo pacto en contrario, en uno y otro caso.

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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