Código Civil para el Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 2593

TITULO DECIMO · CAPITULO VII De la Aparcería Rural

ART. 2593.- En el caso de venta de los animales, antes de que termine el contrato de aparcería, disfrutarán los contratantes del derecho del tanto.

TITULO DECIMOSEGUNDO

De los Contratos Aleatorios

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de marzo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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