Código Civil para el Estado de Sonora · Sonora

Artículo 12

TÍTULO PRIMERO REGLAS GENERALES

Artículo 12.- Las leyes que establecen excepción a las reglas generales, no son aplicables a caso alguno que no esté expresamente especificado en las mismas leyes.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.

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