Artículo 1512.- Si la propiedad de la cosa legada era incierta o dudosa, o estaba sujeta a juicio, el legado será válido y en su caso se procederá en los términos del artículo 1508.
Artículo 1512
TÍTULO SEGUNDO DE LA SUCESIÓN POR TESTAMENTO · CAPÍTULO VII DE LOS LEGADOS
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.
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