Artículo 2266.- Los gastos de entrega serán de cuenta del deudor, si no se hubiere estipulado otra cosa. 148
Artículo 2266
TÍTULO CUARTO EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES · CAPÍTULO I DEL PAGO
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.
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