Artículo 2531.- La entrega de la cosa por el vendedor al comprador debe ser exacta en cuanto al tiempo, lugar, modo y substancia convenidos. A falta de convenio, la exactitud en dichos aspectos se regirá por las disposiciones contenidas en este Título.
Artículo 2531
TÍTULO SEGUNDO DE LA COMPRAVENTA · CAPÍTULO V DE LA ENTREGA DE LA COSA VENDIDA
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.
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