Código Civil para el Estado de Sonora · Sonora

Artículo 2910

TÍTULO DÉCIMO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS · CAPÍTULO III DEL CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO

Artículo 2910.- El precio de la obra se pagará al entregarse ésta, salvo convenio en contrario.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.

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