Código Civil para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 2099

TITULO OCTAVO DE LAS DIFENTES ESPECIES DE OBLIGACIONES · CAPITULO II DE LAS OBLIGACIONES A PLAZO

ARTÍCULO 2099.-

Plazo para inicio o fin

El plazo puede señalarse para el principio y para el fin de las obligaciones periódicas y de tracto sucesivo.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.

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