Código Civil para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 2159

TITULO OCTAVO DE LAS DIFENTES ESPECIES DE OBLIGACIONES · CAPITULO V DE LAS OBLIGACIONES DE DAR

ARTÍCULO 2159.-

En qué puede consistir la prestación.

La prestación de bienes puede consistir: 336

I.- En la traslación del dominio de un bien cierto;

II.- En la enajenación temporal del uso o goce de un bien cierto; y

III.- En la restitución de un bien ajeno o pago de un bien debido.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.

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