TITULO TERCERO DE LA COMPRAVENTA · CAPITULO V DE LA ENTREGA DEL BIEN VENDIDO
ARTÍCULO 2552.-
Exactitud
La entrega del bien por el vendedor al comprador debe ser exacta en cuanto al tiempo, lugar, modo y substancia convenidos.
A falta de convenio, la exactitud en dichos aspectos se regirá por las disposiciones contenidas en este Título.
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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