TITULO SÉPTIMO DEL ARRENDAMIENTO · CAPITULO IX DEL CONTRATO DE HABITACIÓN EN TIEMPO COMPARTIDO
ARTÍCULO 2791.-
Negativa a uso
El incumplimiento en el pago por el compartidario de los citados gastos, faculta al compartidor para negarle el uso del inmueble, sin perjuicio de que el compartidor arriende el inmueble y aplique la renta al pago del adeudo. 433
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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