Código Civil para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 3123

TITULO DUODECIMO DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS · CAPITULO V EXTINCION DE LA FIANZA

ARTÍCULO 3123.-

Respecto de qué opera la liberación de fianza

Lo dispuesto en el artículo anterior sólo es aplicable respecto a las seguridades y privilegios constituidos antes de la fianza o en el acto en que ésta se dio, pero no a las que se dieren al acreedor después del establecimiento de la fianza.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.

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