ARTÍCULO 3131.-
Otorgamiento
La fianza legal o judicial se otorgará en forma de acta ante el Juez o tribunal.
TITULO DUODECIMO DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS · CAPITULO V EXTINCION DE LA FIANZA
ARTÍCULO 3131.-
Otorgamiento
La fianza legal o judicial se otorgará en forma de acta ante el Juez o tribunal.
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.
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