Código Civil para el Estado de Tabasco · Tabasco

Artículo 3266

TITULO DUODECIMO DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS · CAPITULO I DE LA TRANSACCION

ARTÍCULO 3266.-

Evicción

En la transacción sólo hay lugar a la evicción cuando en virtud de ella, da una de las partes a la otra alguna cosa que no era objeto de la disputa y que, conforme a derecho, pierde el que la recibió. 503

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de febrero de 2021. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresotabasco.gob.mx.

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