ARTÍCULO 1054.- La obligación es condicional cuando su nacimiento pleno o su resolución, dependen de un acontecimiento futuro de realización insegura.
En el primer caso la condición es suspensiva; en el segundo, es resolutoria.
TÍTULO PRIMERO REGLAS COMUNES · CAPÍTULO III MODALIDADES DE LAS OBLIGACIONES
ARTÍCULO 1054.- La obligación es condicional cuando su nacimiento pleno o su resolución, dependen de un acontecimiento futuro de realización insegura.
En el primer caso la condición es suspensiva; en el segundo, es resolutoria.
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.
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