ARTÍCULO 1205.- Cuando el animal muere dentro de los tres días siguientes a su adquisición, es responsable el enajenante si se prueba que la muerte fue causada por una enfermedad que existía antes de la enajenación. 129
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TÍTULO PRIMERO REGLAS COMUNES · CAPÍTULO V INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
ARTÍCULO 1205.- Cuando el animal muere dentro de los tres días siguientes a su adquisición, es responsable el enajenante si se prueba que la muerte fue causada por una enfermedad que existía antes de la enajenación. 129
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Última reforma de esta ley incorporada: 27 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.
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