Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 2012

TÍTULO DÉCIMO

ARTÍCULO 2012.- Las asociaciones, además de las causas previstas en los estatutos, se extinguen:

I.- Por acuerdo de la asamblea general;

II.- Por haber concluido el término fijado para su duración o por haber conseguido totalmente el objeto de su constitución;

III.- Por haberse vuelto incapaces de realizar el fin para el que fueron fundadas;

IV.- Por resolución dictada por autoridad competente. 202

Documento para

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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