ARTÍCULO 2113.- La transacción es un convenio por el cual las partes, haciéndose recíprocas concesiones, terminan una controversia presente o previenen una futura, determinando con exactitud el alcance de sus derechos y obligaciones.
Artículo 2113
TÍTULO DÉCIMO
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.
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