ARTÍCULO 2268.- Extinguida la obligación principal sea por el pago, sea por cualquiera otra causa legal, quedará extinguido el derecho de prenda.
TÍTULO VIGÉSIMO SEGUNDO
DE LA HIPOTECA
TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO V DISPOSICIONES FINALES
ARTÍCULO 2268.- Extinguida la obligación principal sea por el pago, sea por cualquiera otra causa legal, quedará extinguido el derecho de prenda.
TÍTULO VIGÉSIMO SEGUNDO
DE LA HIPOTECA
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.
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