Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 2320

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO IV DISPOSICIONES COMUNES A LAS DIVERSAS CLASES DE HIPOTECAS

ARTÍCULO 2320.- Lo dispuesto en el artículo anterior se aplicará al caso en que se declare la nulidad del título del constituyente de la hipoteca. 232

Documento para

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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