Código Civil para el Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 2329

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO IV DISPOSICIONES COMUNES A LAS DIVERSAS CLASES DE HIPOTECAS

ARTÍCULO 2329.- Pueden pactarse en las hipotecas solidarias, o estipularse así en su constitución por pacto unilateral, que la obligación se hará efectiva sucesivamente en los bienes que se designen y conforme al orden indicado.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de febrero de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresotamaulipas.gob.mx.

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