Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 22

ARTICULO 22.- Los bienes inmuebles sitos en el Estado y los muebles que en él se encuentren se regirán por las leyes tlaxcaltecas y por las federales, en su caso, aun cuando los dueños no sean mexicanos ni vecinos del Estado. 4

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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