Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 2266

TITULO DUODECIMO DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS · CAPITULO II DEL CONTRATO DE OBRAS A PRECIO ALZADO

ARTICULO 2266.- Siempre que el empresario se encargue por ajuste cerrado de la obra en bien inmueble cuyo valor sea de más de cinco mil pesos, se otorgará el contrato por escrito, incluyéndose en él una descripción pormenorizada y en los casos que lo requieran, un plano, diseño o presupuesto de la obra.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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