Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 2364

TITULO DUODECIMO DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS · CAPITULO II DE LA COMPRA DE ESPERANZA

ARTICULO 2364.- Los demás derechos y obligaciones de las partes, en la compra de esperanza se regirán por las prescripciones aplicables al comprador y al vendedor según el Título III de este Libro. TITULO DECIMOQUINTO DE LAS TRANSACCIONES

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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