Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 2549

TITULO DUODECIMO DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS · CAPITULO I DE LA HIPOTECA EN GENERAL

Artículo 2549.- La acción hipotecaria prescribe en un término de tres años. El plazo se contará desde que puedan ejercitarse los derechos que aquélla obligación y ésta acción confieren al acreedor.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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