Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 2679

TITULO SEGUNDO DE LA SUCESION POR TESTAMENTO · CAPITULO III DE LA CAPACIDAD PARA TESTAR Y PARA HEREDAR

ARTICULO 2679.- La incapacidad establecida en el artículo 2653 priva también de los alimentos que por la ley corresponden.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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