ARTICULO 2693.- En los tres casos señalados en el artículo anterior, se cumplirán las demás disposiciones testamentaria que estuvieren hechas conforme a las leyes.
Artículo 2693
TITULO SEGUNDO DE LA SUCESION POR TESTAMENTO · CAPITULO IV DE LOS BIENES DE QUE PUEDE DISPONERSE POR TESTAMENTO Y DE LOS
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.