Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala · Tlaxcala

Artículo 926

TITULO QUINTO · CAPITULO II DEL REGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO

ARTICULO 926.- El Reglamento de Condominio y Administración contendrá las normas especiales a que deberán sujetarse los propietarios en relación al uso, goce y disposición tanto de sus bienes propios como de los comunes, así como en lo referente a la administración de estos últimos. Dichas normas no podrán contravenir lo dispuesto imperativamente por el presente Código.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de junio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresodetlaxcala.gob.mx.

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