Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 1743

TITULO PRIMERO FUENTES DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO IV Del consentimiento

ARTICULO 1743

El proponente quedará libre de su oferta cuando la respuesta que reciba no sea una aceptación lisa y llana, sino que importe modificación de la primera. En este caso la respuesta se considera como nueva proposición que se regirá por lo dispuesto en los artículos anteriores.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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