Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 1762

TITULO PRIMERO FUENTES DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO VI Del objeto y del motivo o fin de los contratos

ARTICULO 1762

No se considerará imposible el hecho que no puede ejecutarse por el obligado, pero sí por otra persona en lugar de él.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.