Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 1831

TITULO PRIMERO FUENTES DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO XIII De la gestión de negocios

ARTICULO 1831

Si la gestión tiene por objeto evitar un daño inminente al dueño, el gestor no responde más que de su dolo o de su falta grave.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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