ARTICULO 219
Son aplicables a las donaciones antenupciales las reglas de las donaciones comunes, en todo lo que no fueren contrarias a este capítulo.
TITULO QUINTO Del contrato de matrimonio Con relacion a los bienes · CAPITULO IV De las donaciones antenupciales
ARTICULO 219
Son aplicables a las donaciones antenupciales las reglas de las donaciones comunes, en todo lo que no fueren contrarias a este capítulo.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
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