ARTICULO 2200
Son nulas las ventas que produzcan la concentración o acaparamiento en una o en pocas manos, de artículos de consumo necesario y que tengan por objeto obtener el alza de los precios de esos artículos.
TITULO SEGUNDO DE LA COMPRA-VENTA · CAPITULO I Disposiciones Generales
ARTICULO 2200
Son nulas las ventas que produzcan la concentración o acaparamiento en una o en pocas manos, de artículos de consumo necesario y que tengan por objeto obtener el alza de los precios de esos artículos.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.