ARTICULO 2312
Si la donación consiste en bienes muebles, se tendrá presente para la reducción el valor que tenían al tiempo de ser donados.
TITULO CUARTO De las donaciones · CAPITULO III De la revocación y reducción de las donaciones
ARTICULO 2312
Si la donación consiste en bienes muebles, se tendrá presente para la reducción el valor que tenían al tiempo de ser donados.
Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.
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