Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 2482

TITULO NOVENO DEL MANDATO · CAPITULO I Disposiciones Generales

ARTICULO 2482

Solamente será gratuito el mandato cuando así se haya convenido expresamente.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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