Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 2500

TITULO NOVENO DEL MANDATO · CAPITULO II De las obligaciones del mandatario con respecto al mandante

ARTICULO 2500

El mandatario no puede compensar los perjuicios que cause con los provechos que por otro motivo haya procurado al mandante.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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