Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 2515

TITULO NOVENO DEL MANDATO · CAPITULO III De las obligaciones del mandante con Relación al mandatario

ARTICULO 2515

El mandatario no tendrá acción para exigir el cumplimiento de las obligaciones contraídas a nombre del mandante, a no ser que esta facultad se haya incluído también en el poder.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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