Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 2603

TITULO DECIMO DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS · CAPITULO V Del contrato de hospedaje

ARTICULO 2603

Cuando varios individuos convienen en reunirse de manera que no sea por su propia naturaleza transitoria, para realizar un fin artístico, deportivo, científico, literario, estético, educativo u otro cualquiera no prohibido por la ley, y que además no tenga preponderantemente carácter lucrativo o económico, constituyen una asociación.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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