Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 2740

TITULO TERCERO · CAPITULO I De la fianza en general

ARTICULO 2740

Si la fianza importa garantía de cantidad que el deudor debe recibir, la suma se depositará mientras se dé la fianza.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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