Código Civil para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 497

TITULO NOVENO De la tutela · CAPITULO X Del desempeño de la tutela

ARTICULO 497

El nombramiento de árbitros hecho por el tutor deberá sujetarse a la aprobación del juez.

Última reforma de esta ley incorporada: 29 de noviembre de 2016. Fuente oficial: legisver.gob.mx.

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