Artículo 1243.- El subrogado puede ejercer todos los derechos que competen al acreedor, tanto contra el deudor como contra sus fiadores.
Artículo 1243
TITULO TERCERO DE LA TRANSMISION DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO III DE LA SUBROGACION
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de junio de 2022. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicialyucatan.gob.mx.
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