Código Civil del Estado de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 1954

TÍTULO DÉCIMO DEL MANDATO · CAPÍTULO SEGUNDO DE LAS OBLIGACIONES DEL MANDATARIO CON RESPECTO AL MANDANTE

Artículo 1954

El mandatario tiene obligación de entregar al mandante todo lo que haya recibido en virtud del poder.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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