Artículo 1967
El mandante debe cumplir todas las obligaciones que el mandatario haya contraído dentro de los límites del mandato.
TÍTULO DÉCIMO DEL MANDATO · CAPÍTULO CUARTO DE LAS OBLIGACIONES DEL MANDANTE Y MANDATARIO CON RELACIÓN A
Artículo 1967
El mandante debe cumplir todas las obligaciones que el mandatario haya contraído dentro de los límites del mandato.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.
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