Artículo 2354
Extinguida la obligación principal, sea por el pago, o por cualquiera otra causa legal, queda extinguido el derecho de prenda.
TÍTULO DÉCIMO
Artículo 2354
Extinguida la obligación principal, sea por el pago, o por cualquiera otra causa legal, queda extinguido el derecho de prenda.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.
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